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LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO ¿QUÉ ES?

  • Jassandra Perez
  • 25 mar 2019
  • 2 Min. de lectura

Según Gaudemet y Molinier (1996) definieron las finanzas públicas como “Una rama del derecho público que tiene por objeto de estudio las reglas y las operaciones relativas a los fondos públicos”


La ciencia de las finanzas públicas tiene autonomía y su estudio sistemático multidisciplinario a partir del siglo XIX, en aspectos como el jurídico, económico, fiscal, administrativo y económico.

El ámbito de las finanzas publicas es amplio, de manera genérica esta conformado por todos aquellas funciones y actividades enmarcadas por diferentes áreas del conocimiento que llegan a materializarse en operaciones con los fondos públicos y que a través del tiempo se entrelaza con los antecedentes históricos del estado.

Su principal función se hace a través de la captación y asignación de recursos con que el estado financia su mandato; le corresponde obtener los fondos necesarios para la gestión.


LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

Es la actividad que desarrolla el estado con el objetivo de procurarse los medios necesarios para el gasto publico destinados a la satisfacción de las necesidades publicas y en general a la realización de sus propios fines.

Dicha actividad de estado, esta integrada por tres momentos a saber que determinan las relaciones jurídicas en su ejercicio establecidas entre los diversos órganos del estado o entre dichos órganos y los particulares ya sean deudores o acreedores del estado.

A continuación, se mencionan los momentos:

1. La obtención de ingresos que puedan provenir de la realización de los actos regulados dentro del marco de Derecho Privado, como son los que obtiene el estado cuando explota, arrienda o vende sus propiedades y actividades realizadas dentro de la esfera del Derecho público, como son los que percibe recurriendo al patrimonio de los particulares en forma coactiva.

2. La administración y fomento de los recursos obtenidos, derivados de su actuación en cualquiera de sus personalidades, como ente del derecho publico o como sujeto del Derecho Privado.

3. Las erogaciones necesarias para la realización de las múltiples y variadas atribuciones, actividades y finalidades, tanto propias como de la actividad que el Estado tiene a su cargo, todo con base en un presupuesto de egresos.



Fuentes: GAUDEMET, P. M. ET MOUNIER, J., Finances publiques. Tomo 1,7ª edición. France: Montchestrien, 577 pp.,

 
 
 

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